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Home » Inmigracion de Negocios » Guía Para El Formulario I-129
Muchas personas no tienen intenciones de emigrar a los Estados Unidos y solo quieren ingresar al país para trabajar por un tiempo temporal. Existe una variedad de visas de trabajo temporales de no inmigrante en EE. UU., por lo que el proceso de traer talento extranjero a los Estados Unidos para trabajar puede ser complicado.
En Warren Law Firm, ayudamos a individuos y empleadores a maniobrar las complejidades de las visas de trabajo de no inmigrante y todas las peticiones y solicitudes que vienen con ellas. Nos enorgullecemos de eliminar el estrés del proceso de visa para nuestros clientes.
También entendemos que a nuestros clientes les gusta tener una idea de qué esperar antes de consultar con un abogado. Hemos creado esta guía para ayudar a las personas y a los empleadores a comprender mejor la variedad de visas de trabajo de no inmigrante disponibles y cómo obtenerlas.
Un «no inmigrante» se refiere a las personas que ingresan a los Estados Unidos temporalmente con fines específicos, como turismo, negocios, educación o empleo temporal. A diferencia de los inmigrantes que buscan la residencia permanente, a los no inmigrantes se les otorgan estadías que son finitas y definidas por los términos de su visa. Cada tipo de visa especifica la duración y las condiciones bajo las cuales el titular puede permanecer en los EE. UU., lo que subraya la naturaleza temporal de su visita.
Angela D. Warren
Con más de 20 años de experiencia en inmigración e inmigración comercial, Angela Warren ha ayudado a cientos de personas, familias y empresas.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) maneja la mayoría de las aprobaciones para estas visas de trabajo temporales de no inmigrante mediante el procesamiento del Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante.
El Formulario I-129 es la petición utilizada en nombre de un trabajador no inmigrante. También se puede usar para solicitar una extensión de estadía por parte de un trabajador no inmigrante o para cambiar un estatus legal a varios estatus de no inmigrante.
Después de que el Formulario I-129 sea aprobado por USCIS, la agencia enviará una notificación de aprobación conocida como Formulario I-797, Notificación de Acción informando al peticionario de la aprobación.
Lo que suceda a continuación depende de si el trabajador no inmigrante ya está en los EE. UU.
El Servicio de Procesamiento Preferencial de USCIS está disponible para su uso al presentar el Formulario I-129 para ciertas categorías de visas de trabajo de no inmigrante, como la visa de trabajo de no inmigrante L-1 y la visa de trabajo de no inmigrante H-1B. El procesamiento prioritario tiene un costo adicional, pero garantiza el procesamiento del formulario en 15 días o reembolsará la tarifa de procesamiento acelerado.
Algunas de las categorías más populares de visas de trabajo de no inmigrante requieren que un empleador o agente de los EE. UU. actúe como solicitante de la visa. Las visas de no inmigrante que requieren que un peticionario presente el Formulario I-129 en su nombre incluyen las siguientes:
Para estas visas de trabajo de no inmigrante, los empleadores (o agentes) deben seguir los siguientes pasos:
Las visas E son visas de no inmigrante únicas porque están reservadas para ciudadanos extranjeros de países que tienen acuerdos comerciales con los Estados Unidos.
También son únicas porque, si bien algunas visas E permiten la autopetición, no puede presentar el Formulario I-129 si se encuentra fuera de los Estados Unidos. Si usted está solicitando el estatus de no inmigrante E desde fuera de los Estados Unidos, debe presentar el Formulario DS-160, Solicitud de Visa de No Inmigrante en Línea ante el Departamento de Estado de los Estados Unidos.
A continuación se muestran las visas de trabajo de no inmigrante basadas en tratados conocidas como visas E:
Si ya se encuentra en los Estados Unidos y es elegible para solicitar una visa E, puede usar el Formulario I-129 para cambiar su estatus a no inmigrante E.
Una clasificación de no inmigrante TN permite a los ciudadanos canadienses o mexicanos que trabajan en ciertas ocupaciones elegibles ingresar y trabajar temporalmente dentro de los Estados Unidos. Este tipo de estatus temporal a veces se denomina «visa comercial NAFTA» o «visa TN». Este estatus especial de no inmigrante está disponible gracias al Tratado de Libre Comercio de América del Norte entre los Estados Unidos, México y Canadá.
Si bien algunos empleadores pueden optar por solicitar una visa de trabajo temporal para los canadienses utilizando el Formulario 129, lo que significa que eligen solicitarla por adelantado directamente a USCIS, los trabajadores canadienses pueden establecer su elegibilidad para la clasificación de no inmigrante TN en la frontera presentando la documentación requerida a un oficial de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP).
Mientras tanto, los trabajadores mexicanos deben solicitar el estatus de no inmigrante TN en una embajada o consulado de EE. UU. en México.
Ya sea que usted sea un empleador o agente que busca un abogado con amplia experiencia en la presentación del Formulario I-129 y la solicitud de certificaciones del Departamento de Trabajo en nombre de las empresas o sea un ciudadano extranjero interesado en solicitar una visa de trabajo temporal de no inmigrante, el equipo legal de Warren Law Firm puede ayudarlo. Obtener visas de trabajo de no inmigrante puede ser un proceso complicado sin la experiencia de un abogado familiarizado con las peticiones de visas de no inmigrante.
La abogada Angela Warren tiene más de 20 años de experiencia en inmigración empresarial, incluyendo ayudar a individuos y empresas a completar de manera integral las peticiones de visas de trabajo de no inmigrante y cumplir con las leyes laborales de los EE. UU. Podemos proporcionar asesoría legal en español, coreano, tailandés, mandarín o francés y ofrecer una estructura de tarifas competitiva para todos nuestros servicios. Póngase en contacto con Warren Law Firm hoy para solicitar una consulta.
Con Más De 20 Años De Experiencia En Inmigración